Con tres decretos presidenciales queda integrado el sistema de justicia transicional
Redacción política
Con la sanción de los decretos presidenciales que ponen en funcionamiento la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, CEV; y la Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado, UBPD, queda listo el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.
El pasado 5 de abril, el presidente de la República, Juan Manuel Santos, sancionó los decretos presidenciales que le dan vida a dos instrumentos trascendentales para la verdad y la reconciliación. También se creó el comité seleccionador que escogerá a los miembros de dicha comisión, al director de dicha unidad especial y a los magistrados del Tribunal de Paz de la Jurisdicción Especial para la Paz.
Lo que busca
El objetivo fundamental de las comisiones y los instrumentos legales sancionados, es entregar la plena verdad de los hechos a las víctimas. Casi el 90% de los casos en los que están involucrados crímenes de Estado reposan el sueño de la impunidad. Con estos mecanismos se pretende que se llegue a una verdad plena.
La Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas funcionará por un período de veinte años, prorrogables por ley, es una entidad adscrita al sector Justicia, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, patrimonio independiente y un régimen especial en materia de administración. Es decir, una institución de nivel ministerial. Podrá realizar todos los actos, contratos y convenios en el país o en el exterior, que sean necesarios para el cumplimiento de su objeto, ajustándose a las facultades y atribuciones que le otorgan la Constitución, este Decreto Ley, su reglamento y las demás normas que rijan su funcionamiento.
Una de las principales características de la comisión de búsquedas es su carácter humanitario y extra-judicial. “Será un mecanismo humanitario y extra-judicial. En ese sentido las actividades de la UBPD no podrán ni sustituir ni impedir las investigaciones de carácter judicial a las que haya lugar. La búsqueda de personas dadas por desaparecidas por parte de la UBPD no inhabilitará a las autoridades judiciales competentes para adelantar las investigaciones que consideren necesarias para establecer las circunstancias y responsabilidades de la victimización del caso asumido por la UBPD”, señala el decreto 589 de 2017.
Sin valor judicial
Entre las funciones de la Unidad se encuentra la recolección de información para la búsqueda, localización e identificación de las personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado, contrastando la información con distintas fuentes oficiales y no oficiales, para establecer el universo de personas dadas por desaparecidas. Ese contexto y las informaciones no oficiales serán recaudadas de la mano de los familiares de desaparecidos, quienes recibirán reportes periódicos del avance de las investigaciones.
Que se abran los archivos
La preocupación de las víctimas es el acceso a la información clasificada. “Que se abran los archivos”, es la petición más importante que hacen. En esos documentos se revelan las operaciones militares de persecución a los opositores políticos, defensores de derechos humanos y toda una gama de ciudadanos que fueron considerados enemigos internos del establecimiento. Allí se guarda la verdad sobre el actuar de las fuerzas militares y los organismos de seguridad del Estado. Allí se encuentran los nombres de los militares y políticos responsables de los genocidios políticos en Colombia.
Comisión de verdad
Por otro lado, la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la no Repetición, CEV, fue creada para contribuir al máximo de verdad y ofrecer una explicación amplia de la complejidad del conflicto. “Eso significa el reconocimiento de las víctimas como ciudadanos y ciudadanas que vieron sus derechos vulnerados y como sujetos políticos de importancia para la transformación del país; el reconocimiento voluntario de responsabilidades individuales y colectivas por parte de todos quienes de manera directa o indirecta participaron en el conflicto como una contribución a la verdad, a la justicia, a la reparación y a la no repetición; y en general el reconocimiento por parte de toda la sociedad de ese legado de violaciones e infracciones como algo que merece el rechazo de todos y que no se debe ni se puede repetir”, señala el decreto 588 de 2017.
Al igual que la Comisión de búsqueda, la CEV será un mecanismo extrajudicial. Por tanto sus actividades no tendrán valor judicial en los procesos que se adelanten en la jurisdicción ordinaria, como tampoco servirán para iniciar imputaciones y atribuir responsabilidades en procesos judiciales. Será una comisión cuyo fin exclusivo es la verdad para las víctimas y no para reproches judiciales o cacerías de brujas como lo advierten sectores opositores al proceso de paz.
Acompañamiento
En cuanto a la participación de los particulares en la CEV se estableció que fuera amplia, pluralista y equilibrada. Allí se podrán oír las diferentes voces y visiones, “en primer lugar de las víctimas del conflicto, que lo hayan sido por cualquier circunstancia relacionada con este, tanto individuales como colectivas, y también de quienes participaron de manera directa e indirecta en el mismo, así como de otros actores relevantes.
El objetivo final de la CEV, es el reconocimiento de las responsabilidades colectivas del Estado, incluyendo del Gobierno y los demás poderes públicos, de las FARC-EP, de los paramilitares, así como de cualquier otro grupo, organización o institución, nacional o internacional, que haya tenido alguna participación en el conflicto.
Pero la Comisión tiene una tarea de vital importancia para las víctimas y el país: Encontrar los responsables de quienes crearon, impulsaron y mantienen el fenómeno del paramilitarismo. Los comisionados, van a tener que encontrar sus “causas, orígenes y formas de manifestarse; su organización y las diferentes formas de colaboración con esta, incluyendo su financiación; así como el impacto de sus actuaciones en el conflicto”, señala el decreto.
Por último y mediante el decreto 587 de 2017, la presidencia de la República dejó en firme la comisión de escogencia de los magistrados que serán los encargados de echar a andar todo el sistema de justicia transicional. Ese Comité de Escogencia tendrá por objeto la selección de los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz, el director de la Unidad de Investigación y Acusación, los juristas expertos extranjeros que actuarán en calidad de consultores especiales, el Secretario Ejecutivo de la JEP, el Presidente o Presidenta inicial de la JEP, los comisionados de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la de Convivencia y la No Repetición, incluido su Presidente, y el director de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado.