En las actuales circunstancias cobra mayor importancia el sistema de abastecimiento alimentario, y en él, la economía campesina, familiar y comunitaria; por ello es imperioso que el Estado dirija esfuerzos para su protección y fortalecimiento. Lamentablemente las medidas adoptadas hasta el momento van en otra dirección
Jaime Osorno
El Gobierno nacional ha promulgado para el sector agropecuario y rural el decreto 471 de 2020 y la resolución N° 0071 de 2020 relacionados con la política de precios de insumos agropecuarios, y el decreto N° 486 de 2020 “por medio del cual se crea un incentivo económico para los trabajadores y productores del campo…”, todo ello en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica para afrontar la crisis generada por la pandemia del Covid-19 en el país. Hasta ahora estos son los instrumentos con los que se pretende impulsar la necesaria estrategia de protección al sector agropecuario y rural.
Cinco medidas en medio de la crisis
El decreto 486 de 2020 y la resolución 0071 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural están relacionados con una nueva forma de hacer el control de precios de los insumos agrícolas a aquellos que formulen, importen, distribuyan, comercialicen, vendan o realicen, actividades mercantiles con fertilizantes, plaguicidas, medicamentos veterinarios y productos biológicos de uso pecuario. Lo anterior sustentado con el fenómeno de la volatilidad del dólar en el marco de la pandemia. En últimas, es un mero formalismo para conseguir un monitoreo de los precios más “riguroso”, que no representaría topes o establece límites eficaces a los precios de los insumos.
Por su parte el decreto 486 de 2020 contiene en su esencia cinco medidas que bien vale la pena revisar: i) Contempla autorizar al Ministerio para entregar un incentivo de 80 mil pesos a los campesinos y trabajadores rurales mayores de 70 años que tengan aislamiento obligatorio. ii) Alivios financieros a los deudores del Banco Agrario y líneas de crédito Finagro a pequeños y medianos productores. Estas medidas contemplan alivios de intereses e incluso la condonación de parte de lo prestado. iii) Se abrirán nuevas líneas de crédito para los productores afectados por la crisis; estas líneas especiales de crédito agropecuario pueden cubrir los costos y gastos financieros asociados a dichos créditos. iv) Se autoriza al Fondo de Solidaridad Agropecuario, FSA, para comprarle a los bancos la cartera de los productores beneficiarios de este decreto. v) El Ministerio puede realizar contratos de manera directa para garantiza el abastecimiento alimentario y de productos e insumos agropecuarios y lo podrá hacer con los administradores de las 16 cuentas parafiscales del sector agropecuario.
Implicaciones reales de la estrategia
Estas medidas son verdaderamente vergonzosas. Por un lado, pretender que con 80 mil pesos pueda sobrevivir un campesino o trabajador rural en condiciones de aislamiento en zona rural es un verdadero despropósito en tanto no representa para nada las condiciones materiales mínimas para poder garantizar un confinamiento digno y efectivo.
Estas medidas utilizan mezquinamente a los campesinos mayores con un ridículo incentivo como sofisma de distracción para introducir más beneficios al sector financiero e inversionistas del campo, develando un sesgo para privilegiar a un grupo económico: el sector financiero. En otras palabras, es un decreto no para los trabajadores del campo sino para el capital del campo.
Mas vergonzoso aún que se utilice la pandemia para beneficiar a los bancos, garantizándoles el pago de los servicios financieros a cargo de las líneas especiales de crédito agropecuario, dirigidas indistintamente a grandes, medianos y pequeños productores. Adicionalmente, con los recursos de los colombianos se comprarán las grandes carteras de los bancos a nombre de los productores agropecuarios. Esto no se compadece con las ganancias del sector financiero que han superado los 70 billones de pesos.
Como si fuera poco, los gremios del agro los mismos que administran cerca de 800 mil millones de pesos al año en cuentas parafiscales, ahora podrán ser los contratistas privilegiados del ministerio de Agricultura y sus entidades; es decir que la SAC, Fedegán, Fedepalma, etc., podrán ser los que el ministerio contrate directamente para garantizar el abastecimiento alimentario del país, desconociendo a los responsables del 60% del abastecimiento alimentario: los campesinos.
Medidas efectivas para un campo productivo
El Ministerio de Agricultura debe intervenir los fondos de las 16 cuentas parafiscales del sector agropecuario y destinar recursos para proteger los sistemas de producción, transformación, distribución, comercialización y consumo de bienes y servicios, que son organizados y gestionados por familias, y comunidades campesinas, indígenas, negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras, que conviven en los territorios rurales del país.
Urge, que el Ministerio implemente perentoriamente las compras públicas locales de alimentos y la promoción de circuitos cortos de comercialización, para promover la inserción de la Economía Campesina Familiar y Comunitaria, ECFC, en cadenas de valor locales, regionales y nacionales a través del aprovechamiento de esquemas alternativos de comercialización.
Implementar un plan o estrategia para garantizar las condiciones de salubridad, la protección de la salud, integridad y la vida de los campesinos que adelantan sus labores de producción en el marco del abastecimiento y seguridad alimentaria del país. Implementar protocolos de bioseguridad en las distintas etapas (producción, postcosecha, acopio, distribución y comercialización) que minimice el riesgo en los medios de acopio, transporte y formas de comercialización y/o distribución en general.
Las administraciones locales y el Gobierno nacional deben repensar los circuitos de comercialización en tanto que las grandes centrales de abastos pueden representar riesgos de contagio cruzado, en consecuencia, se deben potenciar las pequeñas plazas y circuitos cortos de comercialización.
Garantizar el mínimo vital
Implementar medidas dirigidas a proteger de manera especial a los campesinos y campesinas mayores de 70 años para garantizarle el mínimo vital, que sería por lo menos el 80% del salario mínimo mensual.
Control de precios para evitar la especulación y el acaparamiento, implementando medidas y controles en coordinación y articulación con las entidades territoriales, para el control de los costos de insumos, transporte y los precios de compra y pago oportuno a los campesinos especialmente donde existan intermediación y grandes comercializadores.
Nuestros campesinos son la primera línea de abastecimiento alimentario, son el primer eslabón y principal actor en la producción de alimentos, merecen una especial atención y protección. Por ello el Ministerio de Agricultura debe tomar medidas para garantizar el abastecimiento alimentario y proteger la economía campesina, familiar y comunitaria, generando mecanismos excepcionales para ello y estar vigilante ante los abusos y vulneraciones de los derechos campesino que se pueda presentar relacionados con la producción alimentaria y la economía campesina, familiar y comunitaria.
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