La Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH, recientemente profirió el informe de fondo sobre el caso 11227 contra el Estado colombiano por el genocidio contra la Unión Patriótica, estableciendo que los crímenes contra la comunidad upeista fueron “perpetrados tanto por agentes estatales como actores no estatales con la tolerancia y aquiescencia de aquellos” por lo cual “determinó la responsabilidad del Estado en sus dimensiones de respeto y de garantía”.
Este proceso se viene adelantando desde 1994, cuando la CIDH admitió la demanda interpuesta por la Corporación Reinciar, que desde entonces, con el concurso de la militancia y la dirección upeista, aportó gran cantidad de pruebas sobre la continuidad y sistematicidad de la política de exterminio agenciada por el Estado, documentando más de 6.000 casos de homicidios, desapariciones forzadas, torturas, amenazas, desplazamiento forzado y otras múltiples violaciones a los derechos humanos de militantes, dirigentes y simpatizantes de la UP. La perseverancia, la organización de las víctimas y familiares de la UP, el trabajo con el colectivo upeista y del Partido Comunista, así como la conducción de una acertada estrategia jurídica en el ámbito del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, hicieron que fructificaran los esfuerzos de Reinciar.
En efecto, el pronunciamiento de fondo de la CIDH se constituye en un avance en la lucha contra el terrorismo de Estado. En primer lugar, la comisión establece que el Estado es responsable por la política de exterminio de la UP, no solo porque haya omitido actuar preventivamente para impedir los crímenes, sino que intervino activamente a través de diversos agentes estatales en alianza con otros actores delincuenciales, en el despliegue del paramilitarismo, de montajes judiciales, la ambientación mediática y la estigmatización, con el fin contener y eliminar al movimiento político surgido de los acuerdos de paz de 1984.
De esa manera, la CIDH reconoce los hechos políticos que involucran al Estado colombiano en el incumplimiento de sus deberes de respetar y hacer respetar los derechos humanos, y el desconocimiento de su obligación de poner todo el poder estatal en función de garantizar los derechos a la vida y a la participación política de toda la población. Con esto, la Comisión rechazó los argumentos de la defensa del Estado, de considerar que los crímenes contra la UP fueron resultado del enfrentamiento entre fuerzas de extrema, siendo, en esa lógica, el Estado un agente neutral tan víctima como la UP.
Este informe conmina al Estado a tomar medidas de reparación y de satisfacción, junto con todas las que conlleven a superar la impunidad con que ha operado la persecución a la UP. Recomendaciones que no fueron acatadas por el gobierno, decidiendo actuar contra el proceso llevando el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde este litigio seguirá su curso con un pronunciamiento de obligatorio cumplimiento para las partes implicadas.
Aunque el informe constituye un avance en la lucha por la paz democrática con justicia social, es un paso, clave e importante, en el curso de acción jurídica que tomará la Corte Interamericana, que requiere de la movilización de las fuerzas democráticas en el sentido de avanzar hacia un régimen político democrático, respetuoso de los derechos políticos de la ciudadanía y garante del derecho de las fuerzas alternativas a ejercer gobierno, que es lo que sistemáticamente niega el establecimiento al pueblo colombiano. En este proceso, está en curso la lucha por dar contenido cierto al proceso de paz pactado en La Habana.