
Los galenos tienen la solución a la crisis en salud que padece Colombia
En unos documentos presentados por la Gran Junta Médica Nacional, las principales instituciones médicas del país argumentan la necesidad de cambio de modelo en salud. VOZ presenta los aspectos más importantes de la propuesta de los médicos para acabar con la salud como negocio.
- El Sistema de Salud debe estar fundamentado en la Atención Primaria en Salud, con una cobertura universal que incluya la población urbana y rural, con una organización basada en las redes integrales de servicios de salud, en el marco de un sistema de referencia y contrarreferencia, que garanticen la continuidad, integralidad, oportunidad y eficiencia en la atención en salud. Orientado no solamente a la prestación de servicios, sino también al control y mejoramiento de los determinantes sociales de la salud en el marco de una política pública transectorial.
- Recuperación de rectoría y dirección por parte del Estado: Para garantizar esta rectoría y la administración del sistema de salud, se propone que el ente rector nacional esté conformado por el Ministerio de Salud y Protección Social, otros entes descentralizados y organizaciones de la sociedad civil, encargados de la dirección general del sistema. El mapa sanitario del país estaría conformado por territorios saludables establecidos conforme a las características epidemiológicas de cada región colombiana. Es decir, estos territorios no corresponderían a la organización político administrativa del país sino a su realidad sanitaria. En ese sentido, cada territorio saludable tendría su ente rector, para lo cual contará con la participación de los entes estatales de salud, más las organizaciones de la sociedad civil presentes en el territorio. Esto redunda en un nuevo concepto de lo público, que no está referido a la estatización de la rectoría y administración del sistema, sino que se entiende lo público como el espacio donde se expresan y se resuelven las necesidades de la sociedad, en un Estado Social de Derecho, como lo es Colombia, según el Artículo 1 de la Constitución de 1991.
Derechos
- Reconocimiento de la dignidad de los trabajadores de la salud, que garantice condiciones laborales justas, dignas y estables. (Articulo18-LES), a través de un estatuto único de personal para el sector salud, que, contemple un proceso de clasificación de cargos, que sea evaluado y actualizado permanentemente, según los requerimientos de habilitación institucional y del correspondiente servicio; con procesos de selección, incorporación y ascensos transparentes, basados en el mérito; una escala salarial básica y puntos adicionales por reconocimiento de condiciones diferenciadas de clima, calidad de vida, sitio de trabajo, y del entorno, con educación actualizada permanente, en la que participe efectivamente la sociedad civil y usuaria de los servicios. En este escenario no tendría cabida la tercerización o intermediación laboral.
Especialistas
- Los médicos y médicas generales que ingresen a los programas de formación como especialistas en especialidades médico quirúrgicas, serán reconocidos como tales, es decir, como profesionales médicos en formación especializada, con una adecuada remuneración y con la abolición del pago de matrícula , puesto que durante este proceso dichas personas desempeñan labores asistenciales, docentes e investigativas que redundan en beneficio de la institución de salud y de la universidad correspondiente. Colombia es el único país del mundo donde los médicos deben pagar con dinero, además de su tiempo y dedicación exclusiva, para formase como especialistas.
- Creación de un Fondo Financiero Único, con la responsabilidad del recaudo de todos los dineros destinados a la salud, así como el pago de los gastos y recursos que demanden el goce efectivo del derecho a la salud. Además de los organismos de control, se impulsará y promoverá la participación ciudadana que, entre otras funciones, cumpla con el análisis de la información contable, la cual deberá ser de conocimiento. Esto evitará la intermediación financiera y es una medida anticorrupción.
- Fortalecimiento prioritario de la red pública de servicios de salud, con énfasis en los hospitales universitarios como centros de referencia, de pensamiento, formación, investigación e innovación de la salud de la población, propulsores de los sistemas de información y comunicación requeridos por las redes integrales que conforman las instituciones y demás recursos que apoyan la atención primaria en salud con diferentes niveles de complejidad.
Información
- Desarrollo de un sistema de información única, pública, trasparente, disponible en línea, que permita tener los elementos empíricos oportunos para la toma de decisiones en política pública, y que en sí mismo sea un instrumento para evitar la corrupción en el sector salud. El sistema incluirá todos los datos necesarios para garantizar la información sobre los componentes individuales demográficos, genéticos, determinantes de la salud, los clínicos, que incluyen diagnósticos con sus ayudas y resultados, los procesos de intervención terapéutica, rehabilitadora y de paliación, con la inclusión de los administrativos y contables. Todo esto, garantizando el derecho fundamental constitucional a la intimidad y a la privacidad de cada persona.
- Garantizar la destinación específica de los recursos públicos de la salud, que conforme a lo interpretado por la Corte Constitucional en su jurisprudencia: “…no podrán ser dirigidos a fines diferentes a los previstos constitucional y legalmente”, esto supone afirmar que bajo ninguna circunstancia los recursos de salud podrán destinarse al pago de otros emolumentos que no se relacionen directamente con garantizar el derecho a la salud de las personas.
- Derogatoria expresa de medidas de carácter permanente adoptadas por el plan de desarrollo relacionados con el sector salud, derogatoria de la ley 100/93 y de sus normas modificatorias, así como toda la regulación orientada al aseguramiento comercial, y los Decretos, Resoluciones sobre afiliación, CTCs, exclusiones y demás emanadas del Ministerio de Salud y Protección Social con aparentes 41 motivaciones basadas en la ley estatutaria pero que en realidad están en contra del goce efectivo al derecho a la salud establecido en el articulado de la LES.
Medicamentos
- En cuanto a medicamentos, tecnologías y dispositivos médicos, se trabajará positiva y efectivamente en ello, y particularmente en: a) el fortalecimiento de una política de control de precios de medicamentos en todos los niveles de la cadena, b) en el establecimiento de un sistema de vigilancia de la calidad de las patentes farmacéuticas y c) en la profundización del uso de las flexibilidades del Adpic. El manejo de los medicamentos que se comercializan en el país se hará con base en un formulario nacional bajo la denominación común internacional (genérica) de los principios activos y las denominaciones comerciales correspondientes, elaborado por el Comité Nacional de Medicamentos, que es presidido por un funcionario del Ministerio de Salud y Protección Social, en el cual participarán las facultades o los Departamentos de Química y Farmacia de las Universidades Públicas del país, con la participación de la Superintendencia Nacional de Salud a través de un médico farmacólogo y un químico farmaceuta. Se reforzará la detección, incautación y destrucción de medicamentos falsificados y de contrabando, así como la persecución, judicialización y penalización de los responsables de estos delitos.
Los tribunales de Ética Médica garantizarán la transparencia en las relaciones entre la industria y los prescriptores. Cualquier falta cometida en este sentido será sancionada acorde con la Ley 23 de 1981 y demás normatividad civil o penal vigente.