¿Dónde están?

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Jornada en memoria a las víctimas en los Llanos Orientales.

Colombia es uno de los países del continente que más cifras tiene sobre personas desaparecidas, sus familiares claman justicia

Redacción DD.HH.

El 30 de agosto, se conmemora el Día Internacional del Detenido-Desaparecido. Colombia, por causa de la guerra, es uno de los países a nivel mundial, en donde esta fecha cobra mucha importancia.  De acuerdo con algunas cifras presentadas por el Centro Nacional de Memoria Histórica, en el marco del Conflicto Armado interno, existen 60.630 personas desaparecidas en los últimos 45 años. De estas cifras, solo se reporta información sobre el paradero o estado de 8.122 de ellas.

Es por ello que, el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado, Movice, realizó diferentes jornadas pedagógicas, así como plantones y otra clase de actos públicos, en memoria de quienes aún no han aparecido. En el marco de estas importantes jornadas, el Movice, junto a organizaciones de familiares de víctimas de desaparición forzada, organizaciones sociales y de derechos humanos le solicitaron al presidente Juan Manuel Santos, aceptar la competencia del Comité sobre Desapariciones Forzadas para que internacionalmente conozcan y tramiten los casos de desaparición en el país.

En algunas regiones como Antio­quia, el acto central, acompañado de una exposición de fotografías de las personas desaparecidas, se llevó a cabo en el parque Botero y en la ciudad de Villavicencio diversas organizaciones sociales como el Movice, el Colectivo Orlando Fals Borda, Equitas, entre otros, desarrollaron una actividad central en el parque Flores a la Memoria. Este importante homenaje tenía como propósito resaltar la vida y lucha de las víctimas de los Llanos Orientales.

En otras regiones como Caldas, Valle del Cauca, Meta, Santander, Norte de Santander, Sucre, Tolima y Bogotá, también se desarrollaron foros, actos públicos, y galerías de la memoria.

Desde diversas partes del país, se respalda al Comité que fue creado por la Convención Internacional de Protección de todas las personas contra las desapariciones. Esta fue ratificada con la salvedad de las declaraciones de los artículos 31 y 32, lo que impide que el Comité contra la Desaparición Forzada de las Naciones Unidas pueda recibir y tramitar casos que se presenten en Colombia y sobre los cuales podría actuar.