
Para el jurista, desde hace años la ex guerrilla ha venido reconociendo los crímenes que se le imputan. Además, hace énfasis en que se espera simetría de la JEP al responsabilizar por violaciones similares a militares, políticos, civiles y financiadores
Redacción Paz
La imputación por crímenes de guerra y de lesa humanidad por secuestros, al antiguo secretariado de la extinta guerrilla de las FARC-EP, por parte de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, ha sido considerada por juristas como una decisión trascendental e histórica. Además, tuvo un apoyo total en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.
La decisión es la demostración de que esta institución, fruto del Acuerdo de Paz de La Habana para investigar a todos los actores del conflicto armado con base en la justicia transicional, no está para impartir impunidad, como ha sido acusada por detractores y por quienes se han opuesto al proceso de paz.
Ahora, los antiguos miembros del Secretariado cuentan con 30 días para reconocer o rechazar las imputaciones, y las víctimas, con el mismo tiempo para reaccionar frente a la misma determinación.
De haber reconocimiento de los ex FARC, habrá una audiencia, y de no haberlo, el caso será remitido a la Unidad de Análisis para un juicio. Si reconocen los hechos, los acusados podrán tener una sanción propia impuesta por el Tribunal de Paz, pero de no hacerlo, se procederá a un juicio en el que podrán tener penas de hasta 20 años de cárcel.
VOZ habló con Diego Martínez, integrante de la Comisión Jurídica del proceso de paz entre esa guerrilla y el Estado, grupo que también estuvo a cargo de la creación de la JEP, para conocer sus apreciaciones acerca de la acción de la Sala de Reconocimiento con base en el Acuerdo de Paz de La Habana.
Búsqueda de la verdad
¿Qué piensa del Auto que emitió la JEP en relación con las acusaciones que hay contra esta institución, por parte de sectores políticos, de ser un aparato para la impunidad y en función de las FARC?
-El Auto es producto de una serie de audiencias voluntarias donde las antiguas FARC y sus dirigentes han reconocido hechos que no debieron ocurrir durante más de 50 años de conflicto armado. Es un Auto que sin duda parte de un reconocimiento de las FARC de una serie de hechos como secuestro de civiles y políticos, y otras infracciones que pudieran darse en el marco del Derecho Internacional Humanitario, DIH.
El Auto también representa la disponibilidad de una organización política, de una organización insurgente, que decide cumplir en el marco del acuerdo final. Representa la esperanza de que la JEP pueda avanzar en el esclarecimiento de la impunidad, de otros sectores que intervinieron en la confrontación. Estamos hablando de políticos y financiadores que deberían estar hoy sujetos en un Auto de esta jurisdicción.
¿Cree que el Auto comprueba que la JEP no es un aparato para la impunidad creado por las FARC y el santismo?
-La búsqueda de legitimidad no debe estar con los sectores de la derecha. En cualquier proceso de justicia para la paz, debe estar en cumplirle a las víctimas y en esclarecer lo que ocurrió. Y el Auto es un primer paso en ese sentido, independientemente de las posiciones litigiosas que pueda haber. Es un proceso de búsqueda que hay que construir con las voces de las víctimas, de la sociedad y de las FARC. Deberemos tener un procedimiento no adversarial, no litigioso, donde se pueda construir verdad restaurativa, verdad total, si se quiere.
Civiles y militares
¿Cómo ve la actitud de los miembros de la antigua guerrilla ante los requerimientos de la JEP?
-Las FARC acuden a la Jurisdicción con la plena convicción de que fueron una organización político-militar, que ejerció el derecho a la rebelión y eso no se puede prestar para decir que esa lucha fue contra los derechos humanos, por el contrario, fue una lucha en el marco del derecho universal a la rebelión, y hay una actitud de reconocimiento de los hechos graves en el marco de la guerra, como la afectación a la libertad de civiles y políticos.
Eso se da por la convicción de no abandonar los postulados que dieron origen a las FARC, es decir, los postulados que permitieron el levantamiento en armas contra un Estado injusto. Además, a diferencia de otros procesos de paz, las FARC han asumido desde su convicción, el derecho a la autocrítica, por eso vemos una guerrilla que reconoce, que demuestra ética.
Se ha entendido que la JEP actúa a la luz del DIH, Protocolo dos adicional a los Convenios de Ginebra, pero el Auto no distingue entre civiles y militares cuando habla de secuestro o toma de rehenes. ¿No son diferentes los secuestrados civiles y los capturados en combate? ¿Por qué no se diferencian?
-Lo que es cierto es que a la luz del DIH y del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional la retención de militares es un acto lícito en el contexto de una guerra, porque entre herir, capturar y matar siempre es preferible capturar. Hay que revisar en detalle la imputación que realiza la Jurisdicción muy en un esquema penal, pues en muchas ocasiones se trató de conductas lícitas en el marco del derecho internacional humanitario, como la captura de militares en combate, que es una acción exigida por el DIH, así como es exigido realizar intercambios humanitarios entre militares y guerrilleros presos, no es algo solamente exigido sino un deber de las partes en conflicto.
Entonces, ¿qué pasa con este Auto que no lo ve así?
-Estamos mirándolo en detalle. Lo que no puede ocurrir con una decisión de la JEP es que aplique el derecho penal del enemigo y, por realizar justicia de medios o justicia mediática, transgreda el principio de legalidad universal. Las FARC han tenido la plena actitud de reconocer crímenes graves durante la confrontación, pero no bajo la lógica de que eran un aparato criminal, sino una guerrilla insurgente que se alzó en armas contra el Estado, un Estado con profundas bases inequitativas.
Hay una justificación del derecho de rebelión, plasmada en el Derecho Internacional, lo que significa que no estamos frente a un aparato criminal, sino frente una guerrilla insurgente. En esa lógica se deben aplicar los principios de un conflicto armado interno y el DIH.
Las FARC aclararán en su debido momento procesal este tema, y en caso de existir una imputación de este tipo sería grave porque sería regresar al derecho penal del enemigo, y eso afectaría futuros procesos de paz. Eso sería sobreimputar, lo que significa imputar mayores delitos a los que realmente se cometieron, aunque hasta ahora estamos iniciando el proceso y realizando los respectivos análisis jurídicos.

Las FARC han cumplido
¿Podemos interpretar lo que usted dice como que la JEP en esta imputación no actuó con base en el DIH, sino de la justicia ordinaria y que esta hace parte del antiguo enemigo de las FARC, el Estado?
-Lo que digo es que cualquier actuación de la JEP debe darse en el marco del respeto al principio de legalidad del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Me preguntan sobre qué ocurriría y yo les digo lo que pasaría. Hasta ahora estamos analizando, hay que esperar.
De materializarse, ¿podría hablarse de una traición en el proceso de paz porque eso no tiene nada que ver con el Acuerdo?
-La decisión de la JEP ha sido con base en escuchar a los comparecientes, a las víctimas, de un proceso de audiencias territoriales. Pero lo más importante es que las FARC son el único actor que de manera colectiva está cumpliendo con el acuerdo de paz. Lo seguirán haciendo y reconocerán sus responsabilidades en el marco de la confrontación, de manera colectiva, tanto así que el Secretariado decidió declarar su responsabilidad al respecto. Lo que significa que estamos en un proceso de reconocimiento de verdad, esto es una primera etapa donde vamos a tener oportunidad, si existen divergencias, de plantearlas, por lo que no se puede pensar que hay una traición, ya que son desarrollo normal del proceso y las FARC tienen la posibilidad del derecho a la defensa.
El reconocimiento por parte de las FARC ya se realizó y ellos han dicho que el secuestro ha sido un daño para el país y para las víctimas, independientemente de su condición económica, entonces ha existido plena actitud de reconocimiento en las audiencias individuales o colectivas que se han dado durante dos años. Sin embargo, si hay divergencias se van a plantear porque la JEP no es una jurisdicción del derecho penal del enemigo, sino lo es para escuchar de manera restaurativa a todos los actores que participaron, y lo hace con un espíritu restaurativo.
¿Por qué dice que las FARC son el único actor que está cumpliendo?, ¿quiénes no han cumplido?
-El Ejército de manera colectiva no ha reconocido su responsabilidad en crímenes atroces, como desapariciones forzadas. Lo mejor hubiera sido que a la par de este Auto, hubiera salido uno imputando al Ejército por desapariciones forzadas y a actores estatales, que es lo que reclaman muchas víctimas. Por eso, un paso importante de la Jurisdicción es guardar su simetría. Agentes del Estado no integrantes de la fuerza pública son menos del cuatro por ciento de los comparecientes y con pocos desarrollos legales, es decir, cero resoluciones de conductas y conclusiones.
Los máximos responsables de grupos paramilitares han pedido su ingreso a la JEP. Ellos están diciendo que el paramilitarismo fue una política de Estado, aunque es algo que ya lo había dicho la Comisión Interamericana y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pero hay un sector muy fuerte del sistema integral que tiene interés en que estas verdades no se conozcan.
Las FARC han realizado varias acciones de reconocimiento temprano, de verdad y responsabilidad como con los doce diputados del Valle y con varias cartas y acciones en territorio donde reconocen a las víctimas la agudeza y gravedad de lo ocurrido y el daño causado. En eso no hay dudas. Están cumpliendo con su compromiso con el acuerdo.
Ese reconocimiento no ha pasado con el Ejército, con los partidos políticos como el Liberal y el Conservador quienes no han asumido una actitud ética frente admitir delitos graves, hechos y excesos cometidos en el marco de más de 50 años de confrontación.
Política de Estado
Entonces, con base en lo que dice, ¿el paramilitarismo no es un actor sino es una política de un actor, que es el Estado?
-Hay varias tesis. La que me parece reprochable es la que dice que el Estado actuó como un Estado sándwich, en medio de grupos violentos, cuando efectivamente lo que se está probando, a diferencia de lo que hizo Justicia y Paz, es que el Estado creó el paramilitarismo como política contrainsurgente. En efecto, las responsabilidades del paramilitarismo son las responsabilidades del Estado y es lo que cualquier sistema de justicia transicional debe reconocer. Por eso, esperamos que las decisiones de la JEP, de la Comisión de la Verdad sean en el marco de la justicia transicional, es decir, para todos porque el problema es que en Colombia más del 90 por ciento de los crímenes de Estado nunca fueron esclarecidos, y al no serlo, la JEP debería concentrarse en ellos.
Pero es complicado hacer eso cuando los civiles no están obligados a ir a la JEP.
-Exacto. Se trata de todos los dispositivos de impunidad que agregó y cambió el Congreso de la República y la Corte Constitucional para evitar que los terceros participaran. Sin embargo, hay más de 15 mil compulsas de copia de Justicia y Paz a la justicia ordinaria y existe la posibilidad de que estos terceros se sometan a la Jurisdicción. La JEP tiene un grupo importante de terceros que están pidiendo pista, y se debería avanzar más en estos casos.
Si un tercero no quiere ir a la JEP, pero es mencionado por un compareciente, ¿puede ser llamado por la justicia ordinaria?
-En caso de que esto ocurra, la justicia ordinaria debe investigar. Si son hechos en el marco del conflicto, existe la posibilidad de que a partir de la formulación de acusación o de la imputación, la JEP pudiese asumir el conocimiento de estas conductas. Sin embargo, el marco general es que los terceros y los civiles solo tenían tres meses, a partir de la expedición de la ley de procedimiento, para someterse a esta jurisdicción. Lo han hecho un grupo importante de terceros. Esos son dispositivos de impunidad que diseñó el Congreso, lamentablemente.

Participación en política
¿En las penas alternativas está contemplado que quienes están en un cargo en el Congreso de la República deban abandonarlo, perder la curul?
-No podrá existir ninguna sanción en materia de participación en política para aquellos que están sometidos a este sistema, de manera inequívoca las FARC. No podrán existir sanciones como no participar en política, habría que cambiar la Constitución para eso. Hay que respetar ese acuerdo, recordemos que fue la línea roja en la negociación porque ninguna guerrilla va a entregar las armas para no participar en política, la Jurisdicción tendrá que hacer compatible la participación en política con las posibles sanciones que emita el Tribunal.
Es un asunto mezquino por parte de muchos sectores que les da urticaria ver a las FARC haciendo política o participando en el Congreso. Recordemos que fue la línea central del acuerdo de paz, un cambio por parte de cualquier sector es una grave afectación al acuerdo de paz y un mensaje negativo a futuros procesos.
Se espera que luego de esta imputación existan otras contra miembros del Ejército, y si el Auto imputa al antiguo Secretariado por permitir malos tratos o tortura de quienes cuidaban a los rehenes o secuestrados, ¿al haber imputación contra el Ejército, la habría contra civiles que estaban en esos momentos en altos cargos del Estado?
-Hay que aclarar algo, en esta vía no hay diligencias de imputación sino resoluciones de definición de hechos y conductas producto de una labor de contrastación, a diferencia de la justicia penal ordinaria. En ese sentido, deberemos tener la aplicación del principio de simultaneidad, y las víctimas de crímenes de Estado también esperan la resolución de definición de hechos y conductas respecto a agentes del Estado, integrantes de la fuerza pública, agentes del Estado no integrantes de la fuerza pública, terceros, civiles y financiadores.
Es un tema muy delicado porque un principio de la Jurisdicción es la simultaneidad, y esta no es una Jurisdicción únicamente para las FARC, sino para todos aquellos quienes participaron en el marco de la confrontación y cometieron transgresiones contra el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el DIH.
Entonces, lo que debe ocurrir en unos meses, siguiendo los postulados del Acuerdo, es la imputación o definición de hechos y conductas de hechos cometidos por miembros del Estado. Una de las grandes debilidades del Establecimiento es su actitud de no reconocer sus responsabilidades en el conflicto armado, para nadie es un secreto que los gobiernos donde más se asesinaron a integrantes del Partido Comunista y la Unión Patriótica fue en los liberales. ¿Colectivamente los partidos políticos tradicionales van a asumir su responsabilidad al no querer desarrollar desde antes una negociación política? Esos son los temas que debe esclarecer la Comisión de la Verdad y la JEP, y que forman parte del núcleo del acuerdo de paz que es esclarecer la responsabilidad de todos los que participaron en el conflicto.
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