Tras el absurdo fallo de la Corte Constitucional que golpea el procedimiento normativo de la implementación del Acuerdo de La Habana, importantes sectores protestan y llaman a defenderlo en su integridad
Cuando faltaban apenas doce días para el día D+180, fecha límite en el cronograma del Acuerdo de La Habana para el fin de la dejación de las armas de los combatientes de las FARC-EP, los magistrados de la Corte Constitucional en decisión de 5-4 votos, tumbaron aspectos medulares del Acto Legislativo No. 1 de 2016, mediante el cual se estableció el fast trak (vía rápida) que permite la aprobación expedita de leyes y reformas constitucionales necesarias para su implementación.
Según la mayoría de los magistrados el procedimiento establecido en el Acto Legislativo vulnera la separación de poderes, al establecer límites al Congreso para modificar el contenido del Acuerdo de Paz. De esta manera abrió la puerta para que en el Congreso se puedan producir cambios sin contar con el aval del Gobierno y las FARC, firmantes del mismo. Tal determinación equivale a una nueva renegociación, como lo sostiene el Secretariado de las FARC-EP en la Declaración emitida sobre el tema.
La decisión, conocida el mismo día de la reunión de Donald Trump y Juan Manuel Santos en la Casa Blanca a cuyo término el mandatario estadounidense dijo que “el proceso de paz de Colombia es un ejemplo para el mundo”, produjo enorme malestar en las filas guerrilleras y en amplios sectores de la sociedad, incluyendo a expertos juristas y al jefe del equipo negociador del Gobierno, Humberto de la Calle Lombana. No faltaron quienes calificaron la decisión de catastrófica y de petardo a la paz; y a los magistrados de enemigos del Acuerdo de La Habana.
Decisión equivocada
A todas luces es un fallo contraproducente, equivocado y provocador, porque termina avalando al Centro Democrático que prometió hacer trizas el texto del Acuerdo de La Habana y fue el que demandó el acto legislativo a través del senador Iván Duque. Seguramente, en adelante, los congresistas uribistas, que se han retirado del recinto al momento de votar los proyectos, permanecerán en él al momento de la votación para proponer tal cantidad de modificaciones que permitan dilatar la aprobación.
La decisión fortalece, así no se lo proponga, las acciones saboteadoras de la paz de la extrema derecha uribista. Ni más ni menos.
Para las FARC-EP es la situación más difícil que ha vivido el proceso de paz; es el desmonte del andamiaje jurídico normativo que desarrolla los acuerdos; coloca en peligro de renegociar una vez más el acuerdo; estimula el saboteo al desarrollo normativo, entre otras consideraciones. A la vez le proponen al presidente Juan Manuel Santos que asuma las funciones que le otorga el artículo 189, inciso 6, de la Constitución Política, para negociar e implementar los procesos de paz. Reafirman la decisión de seguir cumpliendo los compromisos adquiridos en el Acuerdo Final de La Habana y convocan al diálogo con las fuerzas sociales y políticas y a la movilización popular.
Cumplir lo pactado
De otra parte, Humberto de la Calle Lombana quien en reportaje para el diario El Tiempo, no descarta ser candidato presidencial para asumir la bandera de la paz y la defensa de lo acordado, asegura que “la Corte Constitucional puso en jaque al acuerdo de paz”. Agrega que “perdió cierta óptica al no darse cuenta de que esta es una implementación del acuerdo que ya existe y que fue refrendado por el Congreso, siguiendo los propios dictados de la Corte; estamos en una fase de desarrollo, no se está discutiendo un acuerdo nuevo”. Dice con claridad: “Uno no puede desarmar a una guerrilla y luego recomenzar a discutir lo acordado”. Asegura que es necesario cumplir la palabra empeñada.
Para el jurista Rodrigo Uprimy, es un fallo “jurídicamente equivocado. No olvidemos que no se trataba de juzgar una ley sino una reforma constitucional, que solo podía ser anulada si sustituía o aniquilaba un pilar esencial de la constitución”. Para Uprimy “las FARC pueden desconfiar que no les van a cumplir”. Asegura que es la oportunidad para lograr consensos más sólidos en las fuerzas políticas a favor de la paz y para que se reanime la movilización ciudadana por la paz”.
Para la exministra Cecilia Álvarez Correa “la Corte, por ver el árbol, dejó de ver el bosque”. Se comió el cuento, según la exministra, de que con el fast track el Congreso era un convidado de piedra. César Rodríguez, director de Dejusticia, señaló que “La Corte hace una interpretación errónea de la sustitución de la Constitución. Votar en bloque no elimina la sustitución de poderes”. Otros parlamentarios y dirigentes políticos enjuiciaron a la Corte Constitucional por el fallo contraproducente y equivocado, mientras los uribistas lo celebraban con bombos y platillos.
El presidente Juan Manuel Santos y los principales voceros del Gobierno nacional, desestimaron la gravedad del fallo y no lo consideran de extrema gravedad. La misma posición ambigua de siempre.
Un tratado especial
De nuevo se equivocó el presidente Juan Manuel Santos al ternar a los aspirantes a importantes cargos en instituciones del Estado. Sucedió en el pasado con el petardo de Alejandro Ordóñez, convertido en jefe de la oposición desde la Procuraduría General de la Nación, y con el fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez, que no ha colaborado en la empresa legal y constitucional de lograr la paz con las guerrillas. Ahora se esperaba que Cristina Pardo y Carlos Bernal, propuestos por el mandatario para llenar vacantes en la Corte Constitucional, al menos, apoyaran las leyes y actos legislativos aprobados en desarrollo de la implementación del Acuerdo de Paz con las FARC-EP. La primera se autoexcluyó de las decisiones al declararse impedida y el segundo resultó votando en contra, lo cual permitió la precaria mayoría. ¡Qué tal!
Pero también se equivocaron de cabo a rabo los magistrados de la Corte Constitucional que votaron afirmativamente el fallo de marras. Dejaron en el limbo el proceso de paz y bien pueden enterrarlo si tumban la Justicia Especial de Paz, decisión a estas alturas previsible. Pretermitieron que la paz es un bien supremo tutelado por la Constitución Política de Colombia, así como que el acuerdo tiene el alcance de un “tratado especial”, suscrito por el Estado, representado por el Presidente de la República, cabeza del mismo, con una organización guerrillera que se decidió a pactar la paz. Eso le da alcances internacionales como lo demuestra el enorme apoyo logrado en todas las latitudes.
Pacto político y social
Pero además, como lo plantean destacados juristas, no es cierto que se haya dado la sustitución de poderes, porque la Carta prevé estos casos excepcionales en que decisiones se deben votar de manera íntegra y solamente se aprueban o no, tal y como ocurre con los tratados internacionales. La Ley de Presupuesto o la de Desarrollo aceptan modificaciones solo en el caso que cuenten con el aval del Gobierno, tal y como estaba previsto en el Acuerdo de Paz. Era la manera de preservar el espíritu de lo acordado en el tratado de paz por ambas partes.
Es una decisión peligrosa. Como dice Humberto de la Calle, no se puede desarmar una guerrilla y luego reformar lo acordado para que ello ocurriera. Es un acto de traición. El Estado –con todas sus ramas del poder público- está obligado a respetar estos acuerdos, con mayor razón cuando está comprometida la paz. Un tratado de paz es un acto de Estado y como tal es vinculante con todos sus agentes e instituciones.
Como está planteado es imprescindible un Pacto Político y Social, lo contempla el Acuerdo, debe hacerse a partir de la sociedad en su conjunto, debe ser liderado “desde afuera”, el gobierno es débil y no tiene la autoridad para liderarlo. Un pacto por la paz, por las reformas y por una nueva Colombia, que debe confluir en la Asamblea Nacional Constituyente.