Manuel Antonio Velandia Mora
Escuchaba hace algunas horas a un político hablar del daño histórico que se ha hecho a la ley y al tema de los derechos humanos al permitir que las personas transexuales puedan cambiar su nombre, transformar su cuerpo e incluso paternar o maternar desde sus nuevas identidades sexuales. Parece extraño saber que nuestra lucha por los derechos humanos entendidos como derechos sexuales se inició en 1991 y, sin embargo, todavía no hemos logrado avanzar en el reconocimiento pleno de los derechos sexuales de todas las personas. Este artículo relata la historia de cómo avanzamos en el discurso de los derechos humanos entendidos como derechos sexuales no sólo en Colombia sino en el mundo.
Inicialmente el discurso de los derechos sexuales se centró en los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. A mí rápidamente me inquietó la idea de que podía entenderse que los derechos sexuales no existían para los que no teníamos como fin la procreación, así que establecí diálogos con la mexicana Marta Lamas y posteriormente, con la colombiana María Ladi Londoño, las 2 mujeres que en América Latina habían tenido los avances más significativos en este tema.
Los antecedentes de Lamas tuvieron gran influencia en el discurso feminista latinoamericano. En 1976, fue fundadora de la revista Fem, la primera publicación periódica feminista de la República Mexicana. En 1987, introdujo el primer suplemento feminista en un periódico mexicano. En 1992 crea el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), para «difundir información sobre el aborto y la salud reproductiva y sexual y los derechos desde la perspectiva bioética, social y legal a los legisladores y a la prensa». Uno de los objetivos del grupo era cambiar la discusión de quien estaba a favor o en contra el aborto y en su lugar centrarse en quién debe decidir.
Lamas me dio un gran aliento, al dedicarme uno de sus libros y escribirme que yo era “U na luz al final del túnel”. Ella comprendió rápidamente mi intención de trabajar sobre los derechos de las minorías sexuales y tuvo una gran influencia en mi proceso reflexivo, de escritura, emocional y en mi praxis como sujetos sexual político.
María Ladi, publica en 1996 el libro “Derechos Sexuales y Reproductivos. Los más humanos de todos los derechos”. Con ella me encuentro fue un poco más tardío y ya había avanzado sobre algunas de mis construcciones cuando pudimos encontrarlos personalmente. Su retroalimentación fue de fundamental para mí.
Mi desarrollo teórico sobre los “Derechos Sexuales entendidos como Derechos Humanos” se inició en 1991. Al respecto, en 1992 en la Fundación Apoyémonos se publicó un cartel que ilustra esta nota y un artículo en la revista “Apoyémonos información en Sida”, cuyos 250.000 ejemplares se distribuyeron gratuitamente junto con un condón inserto en cada una, el 1 de diciembre, que fue repartida con el periódico El Espectador.
Mi primera ponencia sobre el tema, en un evento científico, fue en la Javeriana (1995), la llamé “Tolerancia y minorías sexuales” y fue publicada en la Revista Pastoral Xaveriana, Volumen 3 Números ½, en la misma universidad. En esta publicación se encuentra una serie de preguntas, que busca reflexionar acerca de la discriminación por razón de la sexualidad. Preguntas que continúan teniendo la misma vigencia.
Algunos interrogantes acerca de su opción sex-cuál:
¿Es su padre o su madre responsable de su opción sexual?
¿Qué cree Usted que generó su opción sexual?
¿Cuándo y cómo decidió su opción sexual?
¿Es consciente de su opción sexual?
¿Cree que el rechazo a otras opciones sexuales l* llevó a determinar la suya?
¿Sería que todo lo que Usted necesita para cambiar su opción sexual, es un(a) buen(a) amante con una opción sexual diferente a la suya?
¿Considera que un fracaso en un intento sexual l* llevó a determinar la suya?
¿Considera que personas con una opción sexual diferente siempre estarán dispuest*s a seducirl*?
¿Cree que su opción sexual l* lleva a hacer de su vida un espectáculo público?
¿Ha consultado a un(a) terapeuta a causa de su opción sexual?
¿Considera que l*s menores deberían tener maestros con su misma opción sexual?
¿Permitiría que alguien a quien usted ama sostuviera relaciones con otra persona cuya opción sexual sea diferente a la suya?
¿Debería haber leyes especiales para quienes no tengan su misma opción sexual?
La persona que tiene una opción sexual distinta a la suya, debería ser separad* de la sociedad?
¿En qué se diferencia Usted de aquell*s que tienen una opción sexual igual a la suya?
¿En qué se diferencia Usted de aquell*s que tienen una opción sexual diversa a la suya?
¿Usted cree que vale la pena hacerse todos éstos interrogantes acerca de su opción sexual?, ¿A la de otr*s?, ¿Para qué le sirve?
A la segunda ponencia sobre el tema fui invitado por el hoy senador Iván Cepeda, la titulé “Los derechos humanos también son sexuales, los derechos sexuales también son humanos” (1996). Fue publicada en “Duelo, Memoria y reparación”, publicado por la Fundación Manuel Cepeda Vargas/ Defensoría del Pueblo/ Ministerio de cultura, 1998.
A continuación, presento el listado de derechos sexuales que yo propuse en mi primer documento al respecto.
Los Derechos Sexuales
Derecho 1. Al reconocimiento y aceptación de sí mismo/a/e como hombre o como mujer y como seres sexuados;
Derecho 2. A la Equidad de géneros;
Derecho 3. Al fortalecimiento de la autoestima, la autovaloración y la autonomía para lograr la toma de decisiones adecuadas en torno a la sexualidad;
Derecho 4. Al libre ejercicio de la orientación sexual;
Derecho 5. A elegir las actividades que generan placer según sus preferencias;
Derecho 6. Al ejercicio responsable de la función genital en su modo erótico y reproductivo (o más correctamente, diversificado);
Derecho 7. A la educación sexual positiva;
Derecho 8. A espacios de comunicación familiar para tratar el tema de la sexualidad; Derecho 9. A la intimidad personal, la vida privada y al buen nombre.
Puede profundizar sobre este tema ingresando al siguiente link: http://manuelvelandiaautobiografiayarticulos.blogspot.com/2007/10/derechos-humanos-derechos-sexuales.html
Si quiere recordar el listado de los derechos humanos entendidos como derechos sexuales puede visualizar un video al respecto en este link Ver vídeo. https://youtu.be/BOjXY-ZMq8Y
El 29 de junio se conmemora el aniversario de la Declaración de los Derechos Sexuales dada a conocer luego de un gran debate, en Valencia, España, en 1997. El siguiente es el texto de la Declaración, que firmamos profesionales de la sexología de 60 países, reunidos en dicha ciudad en el XIII Congreso Mundial de Sexología; lo que supuso un hito al crear la posibilidad de extender por el mundo la idea de que los Derechos Sexuales fueron incluidos como Derechos Humanos.
Es importante recalcar que Eli Coleman, quien fue presidente de la WAS, y que actualmente es el Director del Programa de Sexualidad Humana de la Universidad de Minnesota, también venía trabajando sobre el tema; pero que mi propuesta se centraba en que también se reconocieran los derechos de quienes no teníamos la reproducción como meta de nuestro intercambio genital. Eli fue el primer sexólogo importante de talla mundial y con peso internacional en escuchar mi propuesta de los “Derechos Sexuales entendidos como Derechos Humanos”.
Coleman fue uno de nuestros invitados internacionales en el «Primer Simposio Ética y Sexualidad» organizado por la Sociedad colombiana de Sexología en Medellín, en noviembre del año siguiente. Simposio en el que presentamos el manifiesto de los Derechos Sexuales o declaración de Valencia
Declaración de Valencia de los Derechos Sexuales
XIII Congreso Mundial de Sexología, Sexualidad y Derechos Humanos
Valencia, España, 29 de junio de 1997
Las personas participantes en el XIII Congreso Mundial de Sexología, Sexualidad y Derechos Humanos, declaramos que:
La sexualidad humana es dinámica y cambiante, se construye continuamente por la mutua interacción del individuo y las estructuras sociales, está presente en todas las épocas de la vida, como fuerza integradora de la identidad y contribuye a fortalecer y/o producir vínculos interpersonales.
El placer sexual, incluyendo el autoerotismo, es fuente de bienestar físico, psíquico, intelectual y espiritual. Es parte de una sexualidad libre de conflictos y angustia, promotora del desarrollo personal y social.
Por lo tanto, proponemos, que la sociedad cree las condiciones dignas donde se puedan satisfacer, las necesidades para el desarrollo integral de la persona y el respeto a los siguientes Derechos Sexuales inalienables, inviolables e insustituibles de nuestra condición humana:
- Derecho a la libertad que excluye todas las formas de coerción, explotación y abusos sexuales en cualquier momento de la vida y en toda condición. La lucha contra la violencia constituye una prioridad.
- Derecho a la autonomía, integridad y seguridad corporal. Este derecho abarca el control y disfrute del propio cuerpo libre de torturas, mutilaciones, y violencias de toda índole.
- Derecho a la igualdad sexual. Se refiere a estar libre de todas las formas de discriminación. Implica respeto a la multiplicidad y diversidad de las formas de expresión de la sexualidad humana, sea cual fuere el sexo, género, edad, etnia, clase social, religión y orientación sexual a la que se pertenece.
- Derecho a la salud sexual. Incluyendo la disponibilidad de recursos suficientes para el desarrollo de la investigación y conocimientos necesarios para su promoción. El SIDA y las ETS requieren de más recursos para su diagnóstico, investigación y tratamiento.
- Derecho a la información amplia, objetiva y verídica sobre la sexualidad humana que permita tomar decisiones respecto a la propia vida sexual.
- Derecho a una educación sexual integral desde el nacimiento y a lo largo de toda la vida. En este proceso deben intervenir todas las instituciones sociales.
- Derecho a la libre asociación. Significa la posibilidad de contraer o no, matrimonio, de disolver dicha unión y de establecer otras formas de convivencia sexual.
- Derecho a la decisión reproductiva libre y responsable. A tener o no tener hijos; al espaciamiento de los nacimientos y el acceso a las formas de regular la fecundidad. El niño tiene derecho a ser deseado y querido.
- Derecho a la vida privada que implica la capacidad de tomar decisiones autónomas con respecto a la propia vida sexual dentro de un contexto de ética personal y social. El ejercicio consciente racional y satisfactorio de la sexualidad es inviolable es insustituible.
- La sexualidad humana constituye el origen del vínculo más profundo entre los seres humanos, es su patrimonio más importante y de su realización efectiva depende el bienestar de las personas, las parejas, la familia y la sociedad. El respeto a la sexualidad debe ser promovido por todos los medios posibles. La salud sexual es un derecho humano básico y fundamental.
Como puede observarse, en la Declaración de Valencia de los Derechos Sexuales, se quitó bastante peso al tema de la diversidad sexual. Aun cuando de esta declaración es bastante importante, no se siente en esta declaración el apoyo para quienes trabajamos el tema desde la perspectiva de sectores LGBTI y de personas con orientaciones sexuales e identidades de género y/o cuerpo diversas: personas que han transitado en el género y/o el cuerpo, binarias, no binarias, fluidas, queer, identitarias o no, como también post-identitarias.
Ahora bien, también sería importante, que al trabajar los derechos humanos entendidos como derechos sexuales pensáramos en aquellas necesidades especiales, de las personas que por su condición: de discapacidad; vivir con VIH/sida; minorías étnicas y campesinado; migrantes; víctimas del conflicto armado; habitantes de calle; personas trabajadoras sexuales e intersexuales, entre otras, requieren una atención, apoyo, acompañamiento y seguimiento mucho más especial.