Cuando el país más necesita acompañamiento internacional para eliminar la impunidad estructural, el fiscal de la Corte Penal Internacional, Karim Khan, cierra las investigaciones por delitos de lesa humanidad
Juan Carlos Hurtado Fonseca
@Aurelianolatino
Sebastián Escobar, abogado del Colectivo José Alvear Restrepo, explica los pro y contras de la decisión del fiscal de la Corte Penal Internacional, CPI.
-Antes que todo, coméntenos grosso modo qué es la CPI.
-Es un órgano judicial internacional resultado de un tratado suscrito por los gobiernos, que es el Estatuto de Roma. A su vez, establece unas obligaciones para investigar y juzgar los más graves crímenes de lesa humanidad como genocidio, crímenes de guerra derivados de las graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario. Es una justicia penal que aborda la investigación a individuos.
Además, funciona sobre la base del principio de la complementariedad, es decir, existe una preferencia por las autoridades judiciales nacionales que son los encargados de abordar estas investigaciones. Pero de concretarse que no existe la capacidad o la voluntad del Estado para adelantar dichas investigaciones, dado que en muchos casos estas se deben a la participación del mismo Estado o de sus agentes en graves crímenes, se puede activar su competencia.
-¿Por qué había una fase de examen preliminar de la CPI en Colombia?
-Es una fase para identificar si en el Estado se cometieron graves crímenes y en una fase posterior de la misma, establecer si las autoridades judiciales avanzaron con las obligaciones de investigar y sancionar. El examen preliminar sobre Colombia se abrió desde 2004. Los primeros años fueron un escenario de análisis de información que compartieron organizaciones de la sociedad civil e identificación de situaciones y áreas en las que pudieron ocurrir estos crímenes.
En 2012 la Fiscalía de la CPI sacó el primer informe, que denominó Informe Intermedio, en el que encontró que habían ocurrido crímenes de guerra y de lesa humanidad, y que particularmente le preocupaban áreas de interés como las ejecuciones extrajudiciales o falsos positivos; los crímenes cometidos por paramilitares; el desplazamiento forzado por ser uno de los fenómenos de macrovictimización más grande, que según las cifras del Registro Único de Víctimas hoy asciende a ocho millones de víctimas; y la violencia sexual.
Impunidad
-Pero según lo que explica, y con base en lo que sucede en Colombia con respecto a la impunidad, ¿la decisión de la CPI no fue ir hacia atrás, no se debió pasar a una fase superior?
-El examen preliminar sobre Colombia ha sido particular porque el momento para haber pasado a otra fase de investigación pudo haber sido el del informe intermedio. Pero creo que la Fiscalía de la CPI esperó a que se produjeran resultados de algunos escenarios de rendición de cuentas que estaban en marcha, particularmente el de la aplicación de la Ley de Justicia y Paz.
Al mismo tiempo, el examen preliminar ha sido el ejemplo de una forma de relacionamiento entre la Fiscalía de la CPI con el Estado y sus autoridades judiciales en el marco de la complementariedad positiva. Es decir, una suerte de diálogo para que se fueran incorporando progresivamente estándares del derecho penal internacional y el cumplimiento de las obligaciones del Estado.
En ese ejercicio ha habido ciertas bondades o efectos positivos como el hecho de que al interior del país se hayan calificado crímenes que han sido investigados y juzgados por la justicia nacional, como internacionales o de lesa humanidad, a pesar de que estos no tienen una consagración en el ordenamiento jurídico colombiano.
También de forma muy precaria ha habido avances en la investigación de fenómenos de macrocriminalidad como las ejecuciones extrajudiciales, en los que se avanzó en la investigación de los autores materiales de algunos mandos intermedios.

JEP, la salvadora
-Incluso así, hay riesgos con el cierre del caso por parte de la Fiscalía de la CPI.
-Creo que corremos el riesgo de que a la Fiscalía de la CPI se le queme el pan en la puerta del horno, porque ya venía en un proceso de acompañamiento, estamos empezando el funcionamiento del mecanismo de justicia transicional y se va de un momento a otro. Se justificaba un acompañamiento más fuerte a la hora de evaluar si ese diseño ha cumplido con los estándares del Estatuto de Roma, que en últimas es que no haya impunidad ante los crímenes más graves.
-Al hablar de Justicia transicional y de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, allí no irán políticos, empresarios, latifundistas y otros civiles comprometidos con crímenes de lesa humanidad, y que tampoco han sido juzgados por la justicia ordinaria, fácil concluir que tendrán impunidad.
-Sí. El examen preliminar es la complejidad en sí misma de Colombia que tiene diferentes actores que han participado en crímenes internacionales, desde civiles que pueden ser terceros o agentes de Estado que no son integrantes de la fuerza pública, grupos organizados, paramilitares. Tiene múltiples escenarios judiciales de rendición de cuentas para estos crímenes como la jurisdicción ordinaria, el procedimiento de justicia transicional con los paramilitares, y la JEP.
Entonces, es un análisis complejo y es una evaluación de tres diferentes mecanismos. Es cierto que la decisión de cierre pone el acento en el funcionamiento de la JEP, pero hay que decir que la responsabilidad de las obligaciones en materia de lucha contra la impunidad también concierne a todas las jurisdicciones con competencia para juzgar graves crímenes.
-Pero en Colombia es evidente un desequilibrio para investigar y juzgar a criminales del Estado y el Establecimiento, y a integrantes de grupos insurgentes. Ahora, los alzados en armas ya están respondiendo ante la justicia transicional y los otros seguirán impunes, por eso es cuestionable la decisión de la Corte.
-Considero que, en materia de terceros civiles como quienes favorecieron graves crímenes, desde empresarios que favorecieron el paramilitarismo, políticos que participaron apoyando fenómenos macrocriminales es uno de los grandes vacíos de impunidad que hay. Es una de las razones que se podrían esgrimir para que el cierre no se hubiera dado para permanecer en el examen preliminar. Pero la CPI prioriza el papel de la JEP y le da un espaldarazo a su funcionamiento.
La paradoja
-Entonces es paradójico que la JEP ha sido atacada por el partido de Gobierno hasta el punto que han intentado modificarla y limitar su funcionamiento, y resulta siendo la JEP la que salva al Gobierno porque su funcionamiento es fundamental en la decisión de la CPI, que el Gobierno reclama como triunfo.
-Tiene la razón. Eso nos lleva a una situación en la cual el Gobierno tiene que comprometerse a facilitar el funcionamiento de la JEP y no obstaculizarla, aun cuando su comportamiento haya sido atacarla y cuestionar sus decisiones, como cuando se emitió un auto sobre falsos positivos.
-Varias ONG de derechos humanos y organizaciones de víctimas se han pronunciado contra la decisión de la Corte.
-No es una decisión con la que estemos contentos porque entre otras cosas no fue debidamente consultada con la sociedad civil, no es el producto de una decisión concertada con el Gobierno y las víctimas nos dimos cuenta cuando la decisión estaba adoptada. El cierre es condicionado a obligaciones que serán materia de verificación. El examen debió mantenerse y abrir una investigación sobre los máximos responsables sobre quienes existen mayores dificultades.
-En conclusión, ¿hay muy poco por celebrar?
–No es una decisión para celebrar, no es deseada, no es la que esperábamos, pero de alguna manera establece algunos elementos para continuar valorando el cumplimiento de las obligaciones con arreglo al Estatuto de Roma.