Juan Carlos Hurtado Fonseca
@aurelianolatino
Como “Un regalazo a los fondos privados que manejan el régimen de ahorro individual en pensiones, que bien quieren conservar los más de 280 billones de pesos de los 15 millones de afiliados, pero prefieren zafarse de la carga de continuar con el pago de casi 20 mil pensiones del salario mínimo, para no llegar a asumir las pérdidas que los ahorros de estos pensionados hayan tenido en el mercado durante el tiempo que los fondos administraron sus recursos”, fue caracterizado por la Central Unitaria de Trabajadores, CUT, el Decreto 558 expedido por el Gobierno nacional, el pasado 15 de abril.
En palabras del Gobierno, el Decreto fue emitido en el marco de la emergencia económica y social que vive el país y con el objetivo de implementar medidas para disminuir temporalmente la cotización al Sistema General de Pensiones, proteger a los pensionados bajo la modalidad de retiro programado y dictar otras disposiciones.
Uno de los artículos más polémicos del Decreto estipula: “Recursos a trasladar el mecanismo especial de pago. Para efectos del mecanismo especial de pago de que trata el presente Decreto Legislativo, las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías deberán trasladar a la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones, el valor correspondiente al saldo de la cuenta de ahorro individual y sus rendimientos, el valor del bono pensional y la suma adicional, si a ella hubiere lugar.
“Los recursos de que trata este artículo deberán ser trasladados a la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones, con el fin de que esa administradora los acredite en el Fondo Común, administre el portafolio conforme a las normas vigentes sobre la materia, según corresponda, y efectúe el pago de las pensiones reconocidas en el marco del Sistema General de Pensiones.
“Las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías deberán trasladar los recursos disponibles en dinero en efectivo, Títulos de Tesorería TES en pesos y UVR y títulos de deuda en pesos y UVR de emisores vigilados por la Superintendencia Financiera de Colombia. Los títulos que se encuentren en el portafolio de Retiro que se trasladen a Colpensiones se entregarán valorados a precios de mercado (…)”.
Salvavidas a fondos privados
En foro emitido por el Fecebook Life de la CUT el pasado 17 de abril, se evaluó la medida gubernamental, con participación de dirigentes sindicales y de investigadores como Mario Valencia, director ejecutivo de Cedetrabajo y Alberto Orgulloso, director de la Escuela Nacional Sindical.
Mario Valencia cuestionó que, en medio de la emergencia sanitaria, el Gobierno en lugar de actuar con celeridad para tender la situación de seis millones seiscientos mil trabajadores de los sectores agrícola e industrial, toma la decisión de lanzar un decreto como salvavidas de la pérdida de rentabilidad en el mercado de valores del sistema financiero: “Las ganancias del sector financiero con recursos propios en 2019, fueron de 21 billones de pesos y ganancias con recursos de terceros, por 72 billones. Es falaz que los recursos de los pensionados estaban en riesgo”.
El director de Cedetrabajo, señaló que uno de los motivos del Decreto es defender a 20 mil pensionados y trasladar aproximadamente cinco billones de pesos desde los fondos privados hacia Colpensiones. “Aquí hay dos lecturas, una es que el Gobierno necesita esos recursos como flujo de caja para atender la emergencia sanitaria y la otra es que el Gobierno le está echando un salvavidas a los fondos privados, lo que demuestra la inviabilidad de estos”.
El investigador de Cedetrabajo hace cuatro cuestionamientos a la medida gubernamental: 1) Los recursos que se van a pasar desde los fondos privados a Colpensiones no tienen un cálculo actuarial, es decir, no se sabe si las pensiones de esas 20 mil personas valen cinco billones o más. 2) Como el dinero llega a una bolsa común y no a una cuenta individual, será muy difícil que Colpensiones establezca a cada persona, de esas 20 mil, si su pensión era más alta que lo que transfirieron los fondos privados. 3) Como en Colpensiones no existe la categoría de retiro programado, cuando esas personas lleguen a Colpensiones ¿qué categoría tendrían? Porque Colpensiones no tiene retiro programado, entonces pasarían a tener una renta vitalicia, que tendrían un costo mayor. Y 4) ¿Qué es lo que van a trasladar? “Se ha dicho que es un flujo de caja para el Gobierno, pero no es cierto, es al revés, lo que va a recibir Colpensiones son títulos valores de deuda pública y privada, que en los últimos tres meses se han desvalorizado en un 22% y que Colpensiones deberá cobrar a los precios que establece el mercado. Es decir, debe asumir el costo de la pérdida de rentabilidad de esos papeles que le van a trasladar. En otras palabras, va a desencartar a los fondos privados de unos pensionados y de unos bonos basura”.
Recursos públicos hacia negocios privados
En el mismo sentido se pronunció Alberto Orgulloso, director de la Escuela Nacional Sindical, ENS, al calificar la medida de arbitraria y tramposa, que constituye un ataque a los recursos públicos.
En la interpretación del director de la ENS, al obligar al traslado de los pensionados de los fondos privados a Colpensiones, quienes vienen con otro régimen al de prima media, hace que los recursos faltantes sean cubiertos con dineros públicos: “Les quita la responsabilidad legal que les da la Ley 100 a los fondos privados, para que cubran el faltante de los recursos que han ahorrado estos pensionados”.
Alberto indicó que estas maniobras constituyen una reforma pensional de facto y que se pone en evidencia que el régimen de pensiones privadas es un engaño, porque no pensiona a los trabajadores de ingresos bajos, sino que traslada la responsabilidad al Estado.
“Escuché al líder de los fondos de pensiones diciendo ‘nosotros no pedimos esto, no lo necesitamos’. Entonces, ¿por qué el Gobierno adopta una medida que no es necesaria en virtud de la emergencia económica? ¿Está otorgando unos beneficios a título de pago a sus aliados políticos y económicos? ¿Está otorgando una transferencia y captura de recursos públicos a este sector financiero, poniendo en evidencia un modelo de gobierno corporativista, es decir, al servicio del interés de ciertas empresas?”, concluyó Alberto Orgulloso.
La CUT aclaró que el Decreto que estableció también que durante dos meses los empleadores puedan decidir no cotizar el 13% que correspondería a ahorro pensional de sus trabajadores, además de mermar en 8 semanas el ahorro pensional de todo trabajador que gane más del salario mínimo, sí se aseguró de mantener el pago del 3% de donde se paga la cuota de administración que cobran los fondos, es decir que estos sí van a cobrar por dos meses que ni siquiera va a ingresar capital en las cuentas del ahorro pensional de los trabajadores.
Finalmente, la CUT expresó que pasará el Decreto ante la Corte Constitucional.