La extensión de la pena de prisión supone invertir los escasos recursos del Estado en los victimarios, en vez de reparar a las víctimas o prevenir el crimen mediante políticas públicas eficaces
Alberto Acevedo
Al instalar la nueva legislatura, el pasado 20 de julio, el presidente Iván Duque anunció al país, que entre las disposiciones legales que pone a consideración del Congreso, se incluye esta vez un proyecto de ley que establece la cadena perpetua para violadores de niños y niñas, en lo que el mandatario considera la panacea para eliminar el flagelo de la violencia sexual contra menores, que se ha incrementado en forma desproporcionada en los últimos meses.
Pone de esta manera el presidente sobre la mesa de la agenda política del país, un tema que se ha hecho recurrente en los últimos años, y que ha sido calificado por expertos juristas como una suerte de ‘populismo punitivo’, que apunta al sentimiento de las gentes, a su emotividad, y no a la experiencia de la ciencia jurídica ni de los enfoques de política criminal modernos, y menos de las nuevas tendencias que se mueven en el mundo de la persecución criminal y de la aplicación de las penas.
En realidad, durante el anterior gobierno de Juan Manuel Santos, el proyecto de ley sobre la cadena perpetua se presentó en seis ocasiones, y en igual número de veces, para fortuna del país, fue archivado. En este momento cursa un proyecto de ley en igual sentido, y el partido Cambio Radical anunció que presentará un proyecto de ley en la misma dirección. No hay pues nada novedoso en el intento por conseguir la perpetuidad de la pena por delitos de abuso sexual contra menores de edad. La particularidad en esta ocasión es que la iniciativa se presenta en tiempo de elecciones, y como manejo populista otorga réditos políticos a quienes promueven iniciativas semejantes.
Obstáculos en el camino
La propuesta ha encontrado resistencia entre los sectores democráticos y progresistas, que califican la cadena perpetua como desproporcionada e inútil. Pero polariza al país en cuanto a que canaliza en su favor, la opinión de los sectores más atrasados, radicales y confesionales, que se han venido fortaleciendo bajo las administraciones del Centro Democrático.
El escollo más importante lo encontró el gobierno en el concepto que, a pedido suyo, rindió la Comisión Asesora de Política Criminal. Creada en 2011, este grupo de expertos ha argumentado una y otra vez que imponer penas de por vida no tiene ningún impacto sobre los crímenes contra niños. El último concepto lo entregó la comisión en mayo de este año, y giró en torno a la inconveniencia de aplicar la cadena perpetua en Colombia.
El informe del grupo de expertos no ha querido ser divulgado por el ministerio de Justicia ni por la presidencia de la república. Pero algunos conceptos se han filtrado. Uno de los más relevantes sostiene que la extensión de la pena de prisión supone invertir los escasos recursos del estado en los victimarios, en vez de reparar a las víctimas o prevenir el crimen mediante políticas públicas eficaces.
No hay relación con la prevención del delito
El punto es proteger a los niños y niñas, y la cadena perpetua no logra eso. “Si no resuelve el problema, entonces no es aconsejable”, dijo uno de los comisionados. Por ello calificó la medida de ‘inútil’. En conceptos anteriores, la misma comisión dijo que la cadena perpetua es ‘innecesaria’ y ‘desproporcionada’. No hay pruebas (en el mundo) de que esta pena reduzca la ejecución de crímenes como homicidios y abusos contra niños y niñas.
“No se ha demostrado empíricamente la relación que existe entre la aplicación de la prisión perpetua, la prevención del delito y la reducción de la reincidencia de delitos graves en contra de menores de edad”, señala el último informe conocido de la Comisión Asesora.
Entre especialistas se sabe que, al castigar un delito, la sociedad busca escarmentar en el criminal, pero al mismo tiempo enviar un mensaje a la sociedad, en el sentido de que el camino de la criminalidad tiene unas consecuencias y se penaliza. Este principio conlleva al mismo tiempo la oportunidad de resocialización del victimario, en tanto lo considera un ser humano con vocación de corregir su yerro.
Busca la venganza
Estos principios desaparecen con la aplicación de la cadena perpetua. La Comisión Asesora precisa: La medida se centra en castigar a los infractores y no en prevenir los abusos. El aumento de penas no disminuye la comisión de delitos. Es una pena cruel, deja al sistema penal herido de muerte por sus terribles incoherencias. Elimina todo tipo de mensaje preventivo. Atenta contra la dignidad del condenado. El castigo busca la venganza, no la reincorporación a la sociedad de quienes le han fallado.
La Corte Constitucional, por su parte, se ha referido al tema y ha sentado doctrina: es obvio, que el sindicado o condenado por un delito no goza de la plenitud de los derechos consagrados en la Carta Política. Al estar en prisión no disfruta de la libertad, la libre circulación, la intimidad. Pero esta restricción no implica que se le desconozcan preceptos superiores.
La condición de condenado por estos delitos, “no significa que el condenado deje de ser portador de su dignidad. Quien ha sido hallado culpable de la comisión de un hecho punible no puede ser objeto de tratos crueles, inhumanos o degradantes, de torturas ni humillaciones, en cuanto ello ultraja su dignidad”, señala por su parte, en un fallo, la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.
Ofensa a la libertad del hombre
La Corte Constitucional advierte de la tentación de que los poderes ejecutivo o legislativo utilicen el aumento de penas o la creación de tipos penales nuevos para ‘cosificar’ al delincuente, quien “es utilizado por el Estado para crear temor, lo cual agrede de modo adicional, innecesario y poco útil, e implica una invasión a la órbita interna, además de utilización del individuo, inadmisible frente a la persona humana, así se parta de la altísima gravedad de la acción perpetrada”.
En una monografía “sobre la propuesta de reforma constitucional en Colombia para la introducción de la cadena perpetua”, Lina Mariola Díaz Cortés, Doctora en Derecho Penal por la Universidad de Salamanca, y docente en la materia, dice, citando a Francesco Carnelutti: “Es así como la prisión perpetua constituye una verdadera ofensa a la libertad del hombre, ya que lo considera como un animal incapaz de retornar en hombre. Segregar a un hombre para siempre de la sociedad supone tenerlo como no reubicable, esto es, decirle “tú eres ya un hombre perdido”. Así las cosas, la cadena perpetua es contraria al principio de reeducación y por ello tiene un carácter inhumano”.