Trabajadores celebran fallo en derecho

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Mitin de Sintraemsdes subdirectiva Bogotá, frente a la sede principal del Acueducto. Foto archivo.

Con “regaño” de la Corte Suprema de Justicia a Tribunal de Cundinamarca se corrige una decisión que liquidaba a la principal organización sindical de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, EAAB

Juan Carlos Hurtado Fonseca
@Aurelianolatino 

La Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia le ordenó a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cundinamarca, que en un término no superior a 10 días profiera una sentencia que resuelva el problema jurídico planteado por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, EAAB, con estricta sujeción a las pretensiones de la demanda.

Hay que recordar que hace un mes el Tribunal de Cundinamarca había emitido el siguiente fallo: “… decretar la disolución y cancelación de la inscripción de la subdirectiva Bogotá del Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados de Servicios Públicos, las Corporaciones Autónomas, los Institutos Descentralizados y Territo­riales de Colombia, Sintraemsdes, para lo cual se designa como agente liquidador a Humberto Polo Cabrera, en su calidad de presidente nacional, o a quien haga sus veces”.

Ante lo que fue calificado por parte del sindicato y abogados como una incoherencia y persecución política, pues Sintraemsdes ha hecho una fuerte oposición a las intenciones privatizadores de la Administración de la ciudad, se interpuso una tutela porque el fallo del Tribunal no tenía relación con lo que se le había solicitado resolver, ya que la EAAB había pedido que dijera cuál era la verdadera junta del sindicato, porque aparecía otra que se registraba ante el Ministerio de Trabajo, conformada por personas expulsadas de la organización sindical. Y, la respuesta del Tribunal fue ordenar liquidar la subdirectiva Bogotá de Sintraemsdes. Se interpuso una tutela y la respuesta fue el fallo de la Corte Suprema de Justicia.

En las consideraciones del fallo de la Corte Suprema de Justicia se lee: “Claro, entonces, el panorama descrito, para esta colegiatura es evidente que, en efecto, existió una falta de congruencia, una disonancia entre lo pedido por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, EAAB, y lo decidido por la Sala Laboral accionada, pues la primera únicamente solicitó en su demanda que se pusiera fin a las conductas opuestas al derecho legítimo de asociación desplegada por la Junta Directiva de la Subdirectiva Bogotá del Sindicato Sinstraemsdes, más no que se cancelara o disolviera la personería jurídica de la totalidad de dicha seccional, como terminó por hacerlo el Tribunal, con palmario menoscabo de los derechos fundamentales de los afiliados a la misma que no hacían parte de la disputa intrasindical entre juntas directivas”.

Habla el sindicato

Según Martín Quijano, presidente de Sintraemsdes Bogotá, la decisión es un regaño al Tribunal y es la que estaban esperando: “Decíamos que el anterior era un fallo contra derecho que violaba la autonomía y libertad sindical, y fue producto de la unidad de organizaciones sindicales que ayudaron en la tutela porque de haber quedado en firme la sentencia del Tribunal de Cundinamarca, hubiera quedado el camino abierto para que en adelante se siguieran liquidando sindicatos con el hecho de que personas inescrupulosas que no pertenecen a la organización vayan y depositen juntas a nombre de la organización sindical”.

Para el dirigente sindical hay pureza en la decisión de la Corte porque ningún magistrado salvó voto o se inhabilitó, los cinco coincidieron en que el fallo de la sentencia no se ajustaba en derecho ni a lo solicitado por los demandantes.

Por su parte, el sindicato emitió una comunicación en la que expresó que al revocar la sentencia del Tribunal se demostró que: “… se trató de un fallo totalmente errado, con el que la Administración de la EAAB-ESP pretendía arremeter contra esta subdirectiva por mantener una actitud crítica y beligerante frente a las políticas lesivas del alcalde Enrique Peñalosa.

“La Corte Suprema de Justicia adopta esta importante decisión luego de encontrar que habían sido lesionados los derechos fundamentales tanto de Sintraemsdes, como de su Subdirectiva Bogotá y sus 2.500 afiliados. Por lo cual resuelve constituirse en juez de tutela y establece medidas urgentes e inmediatas en torno a la protección de los derechos de la Organización Sindical.

“La Corte ratifica lo que siempre afirmó Sintraemsdes subdirectiva Bogotá, la Organización Sindical nunca estuvo en riesgo de ser liquidada, disuelta y ni cancelado su registro sindical. Con esta decisión queda blindada la existencia de la Subdirectiva y su Convención Colectiva de Trabajo (CCT) ante las nefastas pretensiones del alcalde Peñalosa y la Administración de la EAAB-ESP.”

La tarea sigue

Pero el ejercicio también sirvió para que el sindicato con sus abogados le hicieran un seguimiento a la Sala Laboral del Tribunal de Cundinamarca y encontrar que en los últimos tres años ha liquidado más de 50 organizaciones sindicales, entre las que hay de Codensa, de los cafeteros, Peldar y TCC, entre otras. Esto llamó a la conformación de un gran frente de abogados y organizaciones sindicales que profundizarán en el tema para ver cómo ayudan a rescatarlas.

Además, tan pronto salió el último fallo los asesores penalistas del sindicato instauraron una denuncia penal contra los magistrados del Tribunal de Cundinamarca, quienes habían proferido el anterior fallo, por los delitos de prevaricato y falsedad.

Por lo anterior, expresan que aquí no termina la tarea, pues avanzan las investigaciones penales tras las denuncias instauradas por Sintraemsdes ante la Fiscalía General de la Nación, así como la denuncia internacional ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por la gravedad de esta arremetida con la que no solo se pretendía atacar a Sintraemsdes, sino a todo el movimiento sindical colombiano.